Santo Domingo,-
La DIGEIG como el órgano rector de ética y transparencia a través de un comunicado de prensa, expresó que dichos informes corresponden al período de 20 de mayo de 2014 al 19 de mayo del 2015. Los mismos deben contener información del servidor obligado y de su cónyuge, incluyéndose los detalles de los bienes e inmuebles y demás elementos constitutivos del patrimonio.
Decreto 486-12 que crea a la DIGEIG establece que, los obligados a presentar una Declaración Jurada de Patrimonio deben suministrar un informe financiero anual, a bien de evaluar la consistencia de la misma y validar los hallazgos detectados, a partir de la monitorización de los informes, garantizándose así la transparencia en manejo de los recursos del Estado.
Los funcionarios regidos deben llenarlo de forma electrónica en un formulario provisto por la DIGEIG y depositarlo en dos (2) originales vía la recepción, de lunes a viernes en horario corrido de 8 a.m. a 3 p. m. El instructivo está disponible para descarga en
www.digeig.gob.do