La información publicada en algunos medios titulada: “Tribunal Constitucional ordena a una AFP devolver fondos de la seguridad social a una viuda”, podría interpretarse una regresión en los avances logrados en relación al derecho de pensión de los sobrevivientes de los afiliados activos del Sistema de Seguridad Social, sin discriminación por la edad del fallecido entre otras causas de negación contenidas en el Contrato Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia, por lo que debe esperarse la emisión de la sentencia para analizar los argumentos del máximo tribunal sobre el caso.