El Tribunal Constitucional, mediante Sentencia No. TC/0056/22 reafirmó la autonomía funcional, administrativa, y presupuestaria ante los Poderes del Estado de la Oficina Nacional de Defensa Pública.
Dijo que la misma “resuelve el contexto actual, donde diferencias de interpretación en la aplicación de las normas entre las partes envueltas, complicaban el alcance de las metas institucionales de la ONDP”.
El Director de la Oficina Nacional de Defensa Pública, Lcdo. Rodolfo Valentín Santos,expresó, que en todos los Estados existen defensores públicos, y que para que haya un equilibrio en el sistema de derecho, debe existir una defensa pública, más aún, como un órgano de carácter constitucional con autonomía administrativa, funcional y financiera.
Según el Director de Defensa Pública con la publicación de esta importante sentencia, no asumimos que existe un perdedor, sino que todos contribuimos a la institucionalidad, la supremacía de la constitución y la responsabilidad del estado de garantizar la tutela efectiva del derecho fundamental a la defensa pública en las distintas áreas de su competencia.