El Banco Central (BC) anunció que la Junta Monetaria, mediante la Primera Resolución del 27 de julio de 2017, adoptó nuevas medidas de flexibilización monetaria, a través de la liberación de recursos del encaje legal para que sean canalizados a los sectores productivos, de exportación, agropecuario, comercio, adquisición de viviendas, las Mipymes, así como el consumo, entre otros.
Santo Domingo.- Esta medida, según el BC, contribuirá a dinamizar la economía, a través del aumento del crédito bancario, permitiendo al sector privado incrementar la inversión, lo cual redundará en un aumento de la producción local y para exportación, estimulando la generación de empleos y por ende al consumo.
Mediante la medida, se redujo en 2.2 puntos porcentuales el coeficiente requerido de encaje legal a las entidades de intermediación financiera, con efectividad a partir del 1 de agosto de 2017. Esto representará una liberación de recursos ascendente a RD$20,423.2 millones, los cuales serán dirigidos a los distintos sectores de la economía, previamente mencionados. A esta suma se agregan RD$2,051.77 millones que se encuentran pendientes de desembolsar para el sector agropecuario correspondiente a la liberación de recursos, hacia ese sector, autorizada mediante la Segunda Resolución del 8 de diciembre de 2016, y un remanente ascendente a RD$1,061.9 millones de las recuperaciones de los recursos liberados mediante disposiciones anteriores. Esto significa que, al sumar estas tres partidas, el total de recursos disponibles para la economía asciende a RD$23,536.88 millones.
Dichos recursos serán colocados a los distintos sectores a una tasa de interés de hasta 8% anual y plazos según el tipo de préstamo. En el caso de los préstamos para la adquisición de nuevas viviendas, dado el mayor plazo, la tasa de interés será de hasta un 9% anual.
Los recursos disponibles para deberán ser colocados de la manera siguiente:
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Primera Resolución 27-07-2017 |
Pendiente de utilizar Segunda Resolución 08-12-2016 |
Total general |
Sectores a canalizar recursos |
Porcentaje |
Monto RD$ |
Monto RD$ |
Monto RD$ |
Sector exportador |
22% |
4,500.00 MM |
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4,500.00 MM |
Industria manufacturera |
20% |
4,000.00 MM |
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4,000.00 MM |
Sector agropecuario |
8% |
1,707.00 MM |
2,051.77 MM |
3,758.77 MM |
Financiamiento a la vivienda (hasta RD$4.0 millones) |
20% |
4,000.00 MM |
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4,000.00 MM |
Comercio y Mipymes |
18% |
3,716.20 MM |
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3,716.20 MM |
Préstamos de consumo (incluyendo vehículos) |
12% |
2,500.00 MM |
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2,500.00 MM |
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100% |
20,423.20 MM |
2,051.77 MM |
22,474.97 |
Los recursos liberados por la Junta Monetaria deben ser asignados a nuevos préstamos, a los sectores antes indicados, por parte de las entidades de intermediación financiera, las cuales deberán remitir al Banco Central las evidencias del desembolso de los citados recursos de acuerdo a los requerimientos contenidos en el instructivo elaborado para tales fines, el cual será publicado en la página de internet de este Banco Central en la sección normativa, instructivo.