Santo
Domingo.- El Comité Nacional de Lucha en Contra del Cambio Climático (CNLCC)
depositó por ante el Tribunal Superior Administrativo un recurso de amparo,
bajo el marco de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, solicitándole
a ese tribunal a que ordene a Rubén Jiménez Bichara, primer vicepresidente del
Consejo Ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales
(CDEEE) y a esta Corporación, a que le entregue los documentos legales
relacionados con los terrenos donde construyen las plantas de carbón mineral en
Punta Catalina, Provincia Peravia.
El comité,
representado por Isabel Tejada Gallardo, José René Olivo Salazar, Domingo
Acevedo, Willfredo Veláquez Gómez, Rafael Enrique de León, Rubén Toribio
Rosario, Demetrio Turbí y Fausto Aybar Ureña, en el recurso de amparo incoado
demandan la entrega de la designación catastral de los terrenos donde se
construyen las plantas, el título de propiedad de estos terrenos, decreto
presidencial declarándolos de utilidad pública, acto de compra o de adquisición
de los mismos por parte de la CDEEE y/o contrato de arrendamiento de estos
terrenos entre la CDEEE y los propietarios de los terrenos.
Según se dice
en el texto del recurso de amparo, el comité solicitó estos documentos en correspondencia
entregada el 17 de octubre pasado en la CDEEE, sin que hayan recibido ninguna
respuesta.
En la rueda de
prensa que celebró en la sede del Tribunal Superior Administrativo, el Comité
explicó que la sociedad dominicana tiene el derecho de conocer bajo cuáles
condiciones o términos legales el gobierno ha invertido, según lo ha declarado
el propio Jiménez Bichara, más de 400 millones de dólares en unos terrenos que
son propiedad privada.
Señaló que a
pesar de que el estudio de impacto ambiental depositado en el Ministerio de
Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Corporación Dominicana de Empresas
Eléctricas Estatales (CDEEE), ODEBRECHT y Constructora Estrella sobre la
construcción de las plantas de carbón mineral en Punta Catalina, se señala que
el proyecto dispondrá 2,252,511.58 metros cuadrados, no anexaron el título de
propiedad de estos terrenos, decreto declarándolos de utilidad pública, acto de
compra o contrato de arrendamiento con los actuales propietarios, según
correspondiera.
Adujo que la
carencia de esta documentación está en abierta contradicción con la Ley 64-00
de Medio Ambiente y Recursos Naturales y con los procedimientos reglamentarios
para la expedición de la licencia ambiental que exigen que ésta sea anexada al
estudio de impacto ambiental.
Afirmó que el
sigilo que ha mantenido la CDEEE sobre las condiciones o términos legales en
las que utiliza terrenos ajenos, que no
son de propiedad pública, donde construye las plantas de carbón mineral de
Punta Catalina, forma parte de la ausencia
de transparencia y el incumplimiento de la ley que ha exhibido este
proyecto desde que se anunciara.
"Es altamente
sospechoso que se oculte de la opinión pública una información tan importante
como las condiciones legales del uso de los terrenos donde el gobierno está
realizando una inversión que ascenderá a 2 mil millones 41 mil dólares,
precisamente en un proyecto que está a la espera de un fallo de una demanda por
irregularidades en la adjudicación del contrato interpuesto por otra empresa competidora,
y que ha sido acusado de estar sobrevaluado en más de mil millones de dólares",
observó el Comité.
Manifestó que
la negativa de la CDEEE de mostrar y entregar la documentación legal que avale
el uso de los terrenos de Punta Catalina es el más reciente eslabón de una
cadena de graves irregularidades y violaciones a la Ley 64-00 de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, como han sido haber iniciado la construcción de las
plantas de carbón sin contar con estudio de impacto ambiental ni con licencia
ambiental, la cual obtuvo un año después sin haber recibido antes la carta de
no objeción de uso de suelo del ayuntamiento correspondiente y sin que se
celebraran las vistas públicas con las comunidades.