El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), la devolución del saldo acumulado a los afiliados
de ingreso tardío al Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, esto incluye los aportes obligatorios, voluntarios y
extraordinarios, así como sus utilidades, en las Cuentas de Capitalización
Individual (CCI) de los trabajadores.